UGT Servicios Públicos junto con la Comisión de Servicios Especializados Intensivos en Personas de CEOE y Comisiones Obreras Hábitat han suscrito hoy un manifiesto conjunto en representación de las personas trabajadoras y empresas del sector servicios, en las que los costes derivados de las obligaciones laborales fijados por los Convenios Colectivos o la normativa laboral básica son un elemento esencial a la hora de determinar la viabilidad de los contratos.
El manifiesto que suscribimos las tres organizaciones incluye una parte esencial del paquete de medidas que UGT servicios Públicos ha propuesto para la modificación de la Ley de contratos del Sector Públicos.
Tal como recoge el texto firmado “la actual regulación de los contratos públicos imposibilita la revisión de los precios de los mismos en la mayoría de los contratos de servicios, conllevando que, ante cualquier modificación que afecte a los costes de un contrato ya en vigor (muy especialmente los costes salariales) se produzca un desequilibrio económico-contractual en las empresas adjudicatarias.
Los costes derivados de las obligaciones laborales fijados por los Convenios Colectivos o la normativa laboral básica son un elemento esencial a la hora de determinar la economía de los contratos de servicios, en aquellos supuestos en que estemos en presencia de servicios en que el peso de dichas obligaciones sea relevante, circunstancia que no debería ser considerada un riesgo más propio de la contratación pública”.
Por este motivo, las tres organizaciones que el manifiesto reclamamos al Gobierno una reforma de la Ley de Desindexación de la Economía y de su correspondiente referencia en la Ley de Contratos del Sector Público, que permita la modificación de los precios de los contratos como consecuencia tanto del incremento de los costes laborales imprevisibles dimanantes de una norma legal o reglamentaria como de la negociación colectiva.
Por su parte, UGT Servicios Públicos en solitario planteado al Gobierno otras mejoras para fomentar un mayor protagonismo de los aspectos sociales y laborales en la contratación pública, sería incluir en el artículo 35 de la ley 9/2017 de Contratos del Sector Público la obligación de la empresa contratista de mantener una plantilla mínima y un número de jornadas garantizadas durante toda la duración de la contrata.