UGT Servicios Públicos había planteado un procedimiento de mediación ante el servicio interconfederal de mediación y arbitraje (SIMA) sobre el disfrute de los cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.
Tras la reunión mantenida hoy con las patronales del sector en la Comisión Paritaria del VIII Convenio desde UGT hemos logrado que reconozcan que la aplicación de los permisos sea en DÍAS HÁBILES.
De esta forma ya NO se disfrutarán como días naturales en los supuestos mencionados anteriormente y contemplados en el artículo 53 de licencias retribuidas del convenio.
Desde la secretaría federal del sector de Dependencia valoramos muy positivamente el acuerdo alcanzado hoy en el seno de la Comisión Paritaria y que será ratificado en el SIMA el próximo día 5 de febrero. Con este acuerdo se evitará la judicialización de estos permisos y un reconocimiento a los derechos de las 400.000 trabajadoras de Residencias, Centros de Día, Ayuda a Domicilio y Telea