Propuestas de UGT para el Teletrabajo en Gobierno Vasco y sus OO.AA

Una vez estudiadas las propuestas presentadas por la Dirección de Relaciones Laborales en la Mesa Sectorial celebrada el pasado 18 de octubre, en aras a llegar a un acuerdo respecto a la nueva convocatoria de teletrabajo para el año 2022, desde UGT trasladamos la siguiente propuesta a esa Dirección, relativa a la modalidad Telelana C:

Propuesta Telelana C
Prórroga de la actual convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2021 y publicación inmediata de la nueva convocatoria con entrada en vigor a 1 de enero de 2022, con arreglo a los siguientes términos:

– Eliminación del plazo de espera de 6 meses para poder presentarse a otra convocatoria. La asignación será por un período de un año, hasta la aplicación del nuevo Decreto de Teletrabajo, que se va a negociar en la Mesa General y que establecerá las nuevas condiciones de Teletrabajo. En el caso de que finalizado este período de un año el citado nuevo Decreto no estuviera puesto en marcha, las asignaciones concedidas se prorrogarán durante otro período de igual tiempo en las mismas condiciones que las recogidas en la presente propuesta, habilitando un plazo de inscripción para nuevas solicitudes.

– La convocatoria queda específicamente abierta a todo el personal Técnico, Administrativo y Auxiliar Administrativo, observando criterios de estado físico y salud, conciliación, distancia al centro de trabajo, etc., además de los habituales del Decreto actualmente vigente.

  • En los casos en que el servicio incluya la atención al público, siempre que sea posible y garantizando la cobertura del mismo, el personal asignado a esta labor, podrá acogerse al teletrabajo en los días que no lleve a cabo tareas de atención al público y que pueda realizar sus otras funciones en la modalidad de teletrabajo, pudiendo quedar restringido el número de días asignados al cumplimiento de dichas funciones.
  • En cuanto al personal Técnico que ostente Jefaturas de Servicio, podrá acogerse a los términos generales de la modalidad de teletrabajo, siempre que, a criterio de las correspondientes Direcciones de Servicios, se garantice el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades de jefatura.

– El reparto de la jornada será con carácter general de un mínimo de 2 a 3 días de teletrabajo semanal y el resto presencial, durante todo el año, en función de las necesidades del servicio, para garantizar la cobertura del mismo, pudiendo adjudicar las Direcciones de Servicios de cada Dpto. un mayor número de días de teletrabajo a la persona solicitante, si lo estiman oportuno y si a todas las trabajadoras/trabajadores solicitantes  de ese Dpto. que  tengan  capacidad  de  acogerse  a  esta  modalidad cumpliendo los requisitos, se les ha asignado teletrabajo el mínimo de días establecido.

Desde UGT entendemos que los criterios y condiciones de concesión de permisos deben garantizar y dar cabida a todo el personal, evitando agravios comparativos entre los diferentes colectivos de la plantilla o en Dptos. donde, actualmente, se está coartando la capacidad de realizar telelana a sus trabajadoras y trabajadores, negándoles el acceso, aún cumpliendo con los requisitos, o reduciéndoles drástica y arbitrariamente el tiempo de concesión respecto al resto de personal de esta Administración.

Aunque ya sabemos que muchos/as responsables de los Dptos. son reticentes a los cambios, deben entender y asumir que el teletrabajo se implanta como otra modalidad ordinaria de jornada, no como una cuestión extraordinaria y puntual, en la manera de organizar y trabajar en nuestra Administración.
Por todos los motivos expresados, UGT presenta esta nueva opción que esperamos sea tenida en consideración y tenga cabida en la negociación junto con las propuestas ya expuestas por la Administración y otras que pudieran presentarse por parte del resto de sindicatos.

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