Instrucciones definitivas: Campaña navidad

Sin que correos atienda ninguna propuesta de las presentadas en la mesa del 24 de noviembre

Hoy, 28 de noviembre, UGT ha recibido las instrucciones definitivas sobre PRODUCTIVIDAD Y REMUNERACIÓN DEL TRABAJO EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD 2023. Correos, en la línea de nula escucha a las OOSS no atiende ninguna de las propuestas presentadas en la reunión. Por tanto, las instrucciones de la campaña son las mismas que conocemos. El único cambio respecto a las anteriores es la obligación de aplicar el incremento de los recientes acuerdos retributivos y que venía impuesta por compromisos que el Gobierno adquirió con UGT y CCOO en Acuerdo de la Mesa General de Función Pública. Un 3% de momento y un futuro 0,50% si se cumple la variable del PIB, pendiente de aplicar a todos los conceptos retributivos con carácter retroactivo desde el 1 de enero.

CAMPAÑA DE NAVIDAD 2023
PERIODODel 1 al 31 de diciembre de 2023
    REQUISITOSPersonal funcionario, personal laboral fijo y personal laboral temporal de REPARTO, CENTROS Y OFICINAS, Ruteros, Apartados, Rurales A, Conductores Intercentros, Oficinas de Cambio y las de Tratamiento Aduanero, Almacenes Logísticos y Jefaturas de Sector que correspondan. Para Rurales B y personal a tiempo parcial la compensación será proporcional a la jornada contratada.
Vinculado y en activo de forma ininterrumpida desde el 1 al 31 de diciembre
      CUANTÍAS Y DESCUENTOSPRODUCTIVIDAD CAMPAÑA: 109,63 €
DESCUENTOS por INASISTENCIA TOTAL O PARCIAL: Primer día 13,52 euros, segundo y tercer día 20,29 euros por cada uno de ellos. Más de 3 días se pierde el derecho a percibirla. Excepciones:
– Inasistencia por causa justificada de violencia de género, parto, nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar previsto en la regulación interna de Correos y por accidente de trabajo producido durante el mes de noviembre o diciembre.
– Se podrán disfrutar hasta 2 días de permiso sin penalización a partir del 12 de diciembre
  NORMAS GENERALES ORGANIZATIVAS– Se podrán adoptar medidas organizativas que permitan adaptar la capacidad productiva a las necesidades operativas en las unidades que lo requieran.
– Para atender estas actuaciones que pudieran surgir en las unidades de distribución (tales como efectuar repartos puntuales fuera de los horarios habituales), en las oficinas o en las unidades de admisión masiva, carga y descarga, salas de dirección y centros de tratamiento, podrán realizar horas adicionales/extra con la compensación salarial correspondiente.
  DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE– El personal que preste servicio (distribución, logística y oficinas), será el mínimo imprescindible para atender las necesidades operativas, de negocio y de servicio público de cada una de estas unidades.
– La prestación de servicios en estos días será retribuida con un módulo de 91,65 euros por trabajador/a día.
DIAS 25 DICIEMBRE 2023 1 DE ENERO 2024– Como norma general, no se prestará ningún servicio en estos días. Los empleados/as de los centros de tratamiento que por turno les corresponda trabajar las noches de los días 25 a 26 de diciembre y 1 a 2 de enero, realizarán las horas adicionales de festivo que sean necesarias para la organización de los servicios postales en dichos centros.

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