El sesgo femenino del teletrabajo

En España ha impactado el teletrabajo en el mercado laboral muy rápido y por la necesidad que impuso la pandemia del Covid-19. Tan rápido que tuvimos que forzar una urgente regulación para garantizar  una mejor protección y los derechos de las personas teletrabajadoras, frente a la que existía. Esta regulación, aun mejorable, nos sitúa hoy como uno de los países con la regulación legal del trabajo a distancia más proteccionista y avanzada.

La Ley del Teletrabajo –que acaba de finalizar su trámite parlamentario– establece con claridad que no se debe confundir el teletrabajo con una medida de conciliación y, en su concepto, evita el riesgo de que las empresas utilicen el teletrabajo como sustitutivo de las medidas de conciliación laboral.

Sin embargo, nos preocupan ya algunos datos que se están trasladando en los últimos días. El teletrabajo muestra un claro sesgo femenino. Antes de la pandemia no era así.

Ahora son más las mujeres que trabajan a distancia que los hombres, algo que ocurre ya en casi todos los países europeos, pero en el nuestro las mujeres superan en 2,2 puntos porcentuales a los hombres, mientras que la media en la UE es de 1,7 puntos. Ésta es una de las conclusiones del dossier ‘Teletrabajo y Trabajo en Movilidad en España y la UE’, que acaba de publicar el ONTSI, el Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad, adscrito a Red.es, que analiza la situación desde el inicio de la pandemia del Covid-19 hasta el primer trimestre de 2021.

Podemos cotejar estas cifras con algunos resultados de la reciente encuesta de presupuestos familiares del INE publicada hace unos días y que confirma una vez más que las mujeres asumieron las tareas de cuidados durante la pandemia. La Encuesta dice que ha producido una bajada en el gasto medio por hogar en servicios de cuidados. Esto puede deberse,  entre otras cuestiones, a que las familias han asumido estas tareas en sus hogares. Recordemos que el 90% de las personas que se ocupan de estas tareas son mujeres.

El teletrabajo no puede convertirse en un subterfugio para suplir los déficit de cobertura y las carencias del Estado del Bienestar y de protección social en materia de cuidados. Las mujeres no pueden estar en la permanente disyuntiva de elegir entre hogar y empleo –abandonar o interrumpir su carrera laboral– o asumir dos trabajos –su actividad profesional y la de cuidados–.

Insistimos en que el trabajo a distancia es una forma de organización del trabajo, no de conciliación. Y por eso hay que tomar medidas efectivas de corresponsabilidad que permitan preservar los derechos de todas las personas trabajadoras –independientemente del sexo y en condiciones de igualdad–, como aumentar la oferta de servicios de escuelas infantiles de 0 a 3 años y de cuidados de larga duración accesibles y asequibles, fundamentales para que los progenitores puedan acceder y permanecer en el mercado de trabajo.

Tenemos que estar vigilantes ante la posible tendencia de aumento de este sesgo femenino del teletrabajo. La negociación colectiva, sobre la que recae la mayor parte del desarrollo de  la Ley,  tiene que tener en cuenta la perspectiva de género.

Es necesario también que los empresarios, en cada centro de trabajo, también se sienten a negociar sobre la materia. Y es precisa una vigilancia más exhaustiva por parte de la autoridad laboral sobre el cumplimiento de la ley de teletrabajo por parte de las empresas.

Y son fundamentales unos servicios públicos de calidad, con recursos económicos y humanos suficientes que permitan desarrollar una verdadera corresponsabilidad y compatibilizar trabajo y vida.


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