UGT reclama la transposición total de la Directiva Europea, medir la exposición al gas en los centros de trabajo y potenciar la acción de la Inspección
La Secretaria de Salud Laboral de UGT, Ana García de la Torre, ha intervenido en el II Congreso Nacional de Radón donde ha abordado la importancia de la prevención de riesgos laborales en la exposición al gas radón, reconocido como cancerígeno y causante de en torno a 1.500 muertes al año en España.
Ana García de la Torre ha explicado que, según la Organización Mundial de la Salud, “entre el 3 y el 14% de las muertes por cáncer de pulmón están relacionadas con el radón, pero existe un gran desconocimiento de los peligros de la exposición en el ámbito laboral”.
Además, García de la Torre ha criticado que el plazo para trasponer al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/59/EURATOM para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes “finalizó el 6 de febrero de 2018” y que, por ello, “la Comisión Europea expedientó a España a finales de 2019, pero a día de hoy continuamos sin trasposición total”.
La Secretaria de Salud Laboral de UGT ha valorado que por fin haya un proyecto de trasposición de la Directiva que supone mejoras porque “obliga a elaborar un Plan Nacional de Radón que establezca, entre otras cosas, la medición de este gas en los puestos de trabajo, al efecto de evaluar la exposición y poder adoptar las medidas preventivas o que el límite de exposición ofrece una mayor protección para las personas trabajadoras que el recogido por el Real Decreto 783/2001, vigente en España”.
Ana García de la Torre ha advertido de que “no realizar mediciones en los puestos de trabajo, provoca que, muchos casos de cáncer de origen laboral, causados por la exposición al radón, no sean identificados como contingencia profesional, ya que si no se evalúa el riesgo es como si este no existiera ante los ojos de la prevención de riesgos laborales”.
La acción sindical debe dotar de herramientas a los delegados y delegadas
En este sentido, ha señalado que es necesario “mejorar la protección de las personas especialmente sensibles a la exposición al gas radón (art. 25 LPRL), a través de la determinación de la dosis a la que pueden estar expuestos o mejorar la protección a las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia, así como reducir a 200 Bq m³ en términos del promedio anual de concentración de radón en el aire, el nivel de exposición, tanto para las viviendas o los edificios de acceso público, como para los lugares de trabajo”.
Además, es fundamental potenciar la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y esencial que el Consejo de Seguridad Nuclear suscriba convenios de colaboración con la Inspección porque ésta no tiene competencias”.
También podría mejorar “la participación de los agentes sociales en el Comité del Plan Nacional contra el Radón, -ya que son parte del objeto de esta normativa- y que el asesoramiento técnico en materia de seguridad y salud en el trabajo respecto a la exposición laboral al gas radón se realice a través del INSST, que es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado, que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las misma”.