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Desde el día 1 de octubre la jornada a tiempo parcial contará como un día cotizado de cara a las jubilaciones

Esto, que ya fue cuestionado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo ha modificado la reforma de pensiones firmada por UGT y ahora cada jornada cotizada computa como un día entero a efectos del periodo de cotización, aunque el trabajo se prestase a tiempo parcial.

La mayoría de las personas que trabajan a tiempo parcial son mujeres, esta medida, por tanto, ayuda a la reducción de la brecha de género en las pensiones.

¿Qué dice la modificación del artículo 247 de la LGSS?

Esta modificación dice que a partir del 1 de octubre, con la modificación del artículo 247 de la LGSS, a efectos de acreditar los periodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación (carencia genérica de 15 años y carencia específica de dos años dentro de los últimos 15), incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor, se tendrán en cuenta los distintos periodos durante los cuales la persona trabajadora haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos. Se elimina el coeficiente de parcialidad.

Con esta modificación se equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los periodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor, ya que se tienen en cuenta los periodos cotizados cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos.

Para UGT las personas que cotizaban a tiempo parcial, en su mayoría mujeres, han tenido durante mucho tiempo una doble penalización: la derivada de los menores salarios y bases de cotización y la consideración solo parcial de tos periodos trabajados.

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UGT Servicios Públicos

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