UGT no firma el Acuerdo de Contratación Temporal

UGT ha realizado numerosas aportaciones a la nueva normativa de contratación. Algunas han sido recogidas por Osakidetza, pero UGT considera que las modificaciones son insuficientes por lo que rechaza la firma de este acuerdo.

Dos cuestiones principales nos han llevado a la No firma:

• No haber incluido como mérito la formación continua.

Si la formación es un pilar fundamental en Sanidad, que requiere listas específicas ¿por qué se minusvalora la formación continua, que cada profesional ha adquirido y costeado no puntuándola en las listas?

 • La pretensión, a través de la contratación temporal, de crear estabilidad en el empleo permitiendo que, a quien se le asigne un contrato corto, aunque se encuentre al final de la lista de contratación, se mantenga en el mismo hueco cuando pase a ser contrato de larga duración.

Esto genera, en ocasiones, un derecho a quienes se les adjudican estos contratos, que nada tiene que ver con los criterios de igualdad, mérito y capacidad.

En UGT consideramos que la estabilidad de empleo debe fomentarse con contratación de calidad, evitando las acumulaciones de tareas, formando a las y los profesionales cuando llegan al puesto de trabajo y no en su tiempo libre, cerrando la puerta a la contratación que no se rige por criterios objetivos, previniendo las necesidades a corto y largo plazo, evitando la necesidad de protocolos para contratos de última hora, de unos pocos días, que provocan ansiedad y precariedad entre nuestras/os profesionales.

En definitiva, UGT exige para la firma de una nueva normativa de contratación actuaciones dirigidas a la estabilidad real de empleo que eviten la precariedad laboral y mejoren las condiciones en la contratación de las personas trabajadoras en Osakidetza. Cuestiones que no se dan en esta Normativa de Contratación.

 Esta norma de Contratación Temporal de Osakidetza, publicada en el BOPV el día 10 de agosto de 2021, que será de aplicación a partir de la entrada en vigor de las nuevas listas de contratación que emanan de la OPE 2016-17, regula los criterios del sistema de listas de contratación de personal no fijo en Osakidetza ligado a la finalización de los sucesivos procesos selectivos de Oferta Pública de Empleo.

 

CARACTERÍSTICAS DE LAS LISTAS DE CONTRATACIÓN / KONTRATAZIO~ZERRENDEN EZAUGARRIAK

  • Habrá una lista única en cada una de sus modalidades. Desaparece la prioridad uno y dos.
  • Se actualizarán las listas dos veces al año: incluyendo los perfiles lingüísticos y títulos de euskera así como, de oficio, la experiencia profesional en Osakidetza.
  • Estas listas estarán compuestas por personas que hayan participado en OPE y no hayan obtenido plaza y por personas que no la hayan realizado, pero que hayan presentado la inscripción y cumplan los requisitos exigidos.
  • El orden de prioridad vendrá marcado por la suma de los puntos de la fase de oposición de la última OPE, la experiencia y euskera.
  • Estarán abiertas permanentemente en algunas categorías con demanda continua. En otras categorías, se abrirá un plazo de inscripción cuando el listado se encuentre en el tramo que corresponde a la última quinta parte de la lista.

 

MODALIDADES DE LISTAS / MODALITATEAK

A. Nombramientos largos; Listas de vacantes y de sustituciones y eventualidades de duración igual o superior a 6 meses:

  • Podrás elegir las OSIs en las que quieres prestar servicios.
  • En el caso de las OSIs cuyo ámbito geográfico es la comunidad autónoma, se podrá elegir una o varias de las Sedes Territoriales.
  • Podrás modificar tu elección de OSIs en cualquier momento, y la modificación, tendrá efecto en la siguiente actualización del listado.

B. Nombramientos Cortos; Lista de sustituciones y nombramientos temporales inferiores a seis meses:

• En Salud Mental de Bizkaia se podrá elegir todo o solo alguna comarca (Interior, Bilbao, Ezkerraldea o Uribe).

• Si NO realizas la elección de OSis y centros, NO estarás incluida/o en el listado.

• Si estás trabajando por las listas anteriores, hasta que finalices el contrato, no te llamarán de las nuevas listas.

• Podrás solicitar tu inclusión en dos Organizaciones de Servicios y;

1. Elegir toda la OSi.

2. Elegir por ámbitos (Atención Primaria u Hospitalaria).

3. Elegir hasta cinco preferencias: entre el Ámbito Hospitalario y las Unidades de Atención Primaria.

C. De Área de nombramientos largos:

  • Se harán llamamientos de esta lista cuando se encuentre agotada la lista de nombramientos largos de una OSI, siendo obligatorio elegir al menos un Área de Salud.
  • Si rechazas el contrato serás excluida/o tanto en las listas de nombramientos largos como en esta lista.

D. Lista de Área de nombramientos cortos.

  • Se harán llamamientos de esta lista cuando se encuentre agotada la lista de nombramientos inferiores a seis meses de una OSI.
  • Las personas que rechacen el contrato NO serán excluidas de estas listas.

E. Listas Específicas para varias categorías.

  • Si reúne los requisitos necesarios, el personal integrante de las listas de nombramientos cortos de una OSI, podrá inscribirse en las Listas Específicas de dicha Organización.

 

TIPO DE JORNADA / LANALDI MOTA

  • Las personas integrantes de las listas de contratación temporal podrán elegir entre los siguientes tipos de jornada:
  • a) Cualquier tipo de jornada.

    b) Solo jornada completa.

    c) Solo reducciones de jornada.

  • Podrás cambiar el tipo de jornada una vez transcurridos tres meses desde que se realizó la última elección, excepto en el contrato relevo que no es aplicable.

 

OFERTA COBERTURA / ESTALDURA ESKAINTZA

· Las ofertas de coberturas de contratos superiores a 6 meses se harán preferentemente vía telemática.

· Las ofertas de coberturas de contratos cortos se harán vía telefónica y las llamadas, quedarán registradas.

 

RENUNCIAS Y PENALIZACIONES / UKO EGITEAK ETA ZIGORRAK

· La renuncia a todo tipo de contratos han de hacerse antes de la oferta para evitar las penalizaciones. Estas solo afectan a la lista en la que se realice la oferta.

a)Una 1ª renuncia, supone la exclusión durante 6 meses.

b)Una 2ª renuncia conlleva la exclusión durante 12 meses.

c)Una 3ª supone la exclusión definitiva.

· Se entiende por renuncia cuando:

a) No se responda a las llamadas efectuadas.

b) Se renuncie a una oferta de contratación de la lista sin acreditar la justificación en el plazo oportuno.

c) Se renuncie a los nombramientos en vigor.

 

REACTIVACIÓN EN LAS LISTAS/ BERRAKTIBAZIOA ZERRENDETAN

· Deberá reactivarse en las listas de contratación en el plazo de 15 días naturales el personal que:

a) Finalice un contrato.

b) Haya presentado la documentación que justifique la renuncia a una oferta de contratación de la lista de nombramientos largos o cortos.

Díptico

 

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